El comercio, los comerciantes y su marco legal
El código de comercio en su artículo número uno se refiere a los comerciantes a todos aquellos individuos que con capacidad legal para hacer contratos, ejercen por su cuenta el acto del comercio y lo hacen una actividad habitual. El comerciante es todas aquellas personas que realizan actividades de compra y venta de mercadería, el comerciante solicita mercadería para vender al público en menores o mayores cantidades. El acto de comercio es la actividad comercial, que comienza con la compra de algún bien o el derecho sobre este, que se encuentra enmarcada en el marco legal.
Qué son los comerciantes según las leyes
Los comerciantes que comercian con mercancías al por menor, medibles en litros o metros, y que se pueden pesar menores a diez kilogramos. También cuando se habla de comerciantes en el código de comercio se refiere a los que se emplean en especulaciones en jurisdicciones extranjeras y también a los que limitan su tráfico al interior del Estado, estos pueden emplearse en uno o distintos ramos del comercio al mismo tiempo.
Todos los comerciantes, según las leyes, están supeditados a los reglamentos, la jurisdicción y la legislación de comercio, también sus actos se presumen siempre como actos de comercio salvo alguna prueba que pueda expresar lo contrario. Las personas que de manera circunstancial o accidental se encuentran inmiscuidos en un acto de comercio no se consideran comerciantes, aunque a su vez quedan supeditados a las leyes mercantiles.
Qué actividades comprenden los actos de comercio
- Toda compra a título oneroso de algún mueble o algún derecho sobre este, con la finalidad de obtener ganancias por medio del acto de enajenación, en su mismo estado del momento de la compra o luego de proveerle otra forma de menor o mayor valor. El acto mediante el cual se compra el mueble o se obtiene derecho sobre este se considera un acto de comercio.
- Las operaciones de banco, remate, a las operaciones de corretaje y las operaciones de cambio, a las negociaciones sobre las letras de cambio y con papel endosable. A empresas de fábrica, sus comisiones, sus transportes de mercancía a individuos por tierra o por mar. A las sociedades anónimas, los seguros, al transporte de mercancía marítimas, venta y compra de buques y lo todo lo demás que se refiere al comercio marítimo.
- También se consideran actos de comercio a las cartas de crédito, fianzas, convenciones sobre los salarios de empleados de los comerciantes, operaciones de empleados de comerciantes.
El ejercicio del comercio
Se encuentra habilitado para ejercer el acto de comercio a los individuos que tienen, sin restricciones, la administración de bienes.
En caso de matrimonio, la mujer comerciante no altera sus deberes y derechos en lo que se refiere al comercio. El menor de edad y la mujer casada comerciante tienen la facultad de hipotecar los bienes que se encuentran en su pertenencia por seguridad de los deberes que contraigan en el acto de comercio.
Se encuentran prohibidos para ejercer el comercio a las asociaciones eclesiásticas, a los clérigos mientas vistan su traje, a los magistrados civiles y a los jueces en donde ejercen su jurisdicción y autoridad con título permanente, todo ello por incompatibilidad de estado.